COMUNICADO
ASUNTO: CIERRE DE FACTURACIÓN DE FIN DE AÑO 2016
Estimados clientes:
Por la presente cumplimos con notificar que al amparo del numeral 5 del artículo 5° del reglamento de comprobantes, se señala que los comprobantes de pago deberán ser emitidos y otorgados cuando alguno de los siguientes supuestos ocurra primero:
En tal sentido, las empresas están obligadas ante SUNAT facturar todos los servicios brindados hasta el 31 de diciembre con fecha diciembre 2016, por ello agradeceremos reciban nuestras facturas de los últimos días de diciembre los primeros días de enero 2017, se aceptará que la fecha de recepción sea sellada como enero 2017.
Atentamente,
LA GERENCIA
CONTRANS SAC